Comisario Mercantil: Quién es, qué funciones ejerce y por qué necesito uno para mi Empresa


 

 ¿Quién es el Comisario de una Sociedad Mercantil? 😒👮

El comisario es la persona encargada de supervisar las gestiones realizadas por los administradores de una Sociedad mercantil, y velar por el pleno cumplimiento del objeto social de una Empresa.

Los comisarios pueden ser socios o personas sin vinculacióna la sociedad, son temporales y revocables y el periodo de su mandato es definido en los Estatutos Sociales y/o Constitutivos de la Empresa, aunque por regla general es de diez (10) años.

¿Quiénes pueden ser comisarios? 👮

Para ejercer la función de Comisario se requiere ser Licenciado en Administración, Economista o Contador Público, y debe estar inscrito y solvente en su Gremio Profesional de conformidad con lo dispuesto en el literal n) del artículo 8 de la Ley de Ejercicio de la Profesión de Licenciado en Administración, y al artículo 2 de las normas interprofesionales para el ejercicio de la función de comisario, parafraseado a fines didácticos como sigue:

Artículo 2. Para ejercer la función de Comisario, a que se refieren los artículos 275, 287 y 327 del Código de Comercio, se requiere ser Licenciado en Administración, Economista o Contador Público.

Facultades y obligaciones del Comisario ✋

En general la facultad y obligación del comisario de la sociedad mercantil es vigilar la gestión, conducción y ejecución de los negocios de la sociedad.

Entre las principales facultades y obligaciones del comisario se encuentran las siguientes:

👉 Exigir a los Administradores información que incluya un balance general y un estado de resultados;
👉 Realizar un examen y revisión de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias que sean necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones de la sociedad;
👉 Rendir anualmente a la Asamblea Anual de Accionistas un informe respecto a la veracidad y razonabilidad de la información presentada por los Administradores a la propia Asamblea de Accionistas;
👉 En su informe debe emitir su opinión sobre si las políticas y criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados y suficientes.
👉 Debe emitir su opinión sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.
👉 Convocar a Asambleas ordinarias y extraordinarias de accionistas, en caso de omisión de los Administradores y en cualquier otro caso en que lo juzguen conveniente;
👉 Asistir a las Asambleas de Accionistas, a las cuales deberán ser citados y tendrán voz pero sin voto.

Pero, para no caer en generalismos, me remito a las normas legales.

A continuación, te enuncio las funciones del Comisario según las Normas Interprofesionales.

Artículo 4. Son funciones del Comisario, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Código de Comercio, las siguientes:

1. De inspección y vigilancia sobre:
a) La gestión administrativa de la sociedad.
b) Las operaciones económicas y financieras de la sociedad.
c) El cumplimiento por parte de los administradores de la sociedad de los deberes que les impone la Ley, el documento constitutivo y los estatutos.

2. Ejercer las acciones de responsabilidad por el incumplimiento de las atribuciones de los administradores de la sociedad.

3. Actuar como órgano receptor de las denuncias de los accionistas o socios, sobre los hechos u omisiones de los administradores que pudieren haber ocasionado daños al patrimonio de la sociedad o que crean censurables.

4. Actuar como órgano especial con facultades para convocar asambleas.

5. De carácter informativo:
a) Asistir a las asambleas generales de accionistas o de socios, ordinarias o extraordinarias con derecho a voz.
b) Presentar su informe anual a la asamblea de accionistas o de socios.

Artículo 5. El Comisario, en el ejercicio de sus funciones, tiene derecho ilimitado de inspección y vigilancia sobre todas las operaciones y, en consecuencia, examinará los libros legales, registros de contabilidad, correspondencia y, en general, todos los documentos de la sociedad.

Artículo 6. El Comisario, en el ejercicio de sus funciones, observará las disposiciones establecidas en su ley de ejercicio, código de ética, normas de actuación profesional, las presentes Normas y las demás contenidas en el ordenamiento jurídico venezolano vigente.

Artículo 7. El Comisario en el ejercicio de sus funciones:
1. Evaluará la gestión administrativa.
2. Examinará las operaciones económicas y financieras.
3. Verificará el cumplimiento por parte de los administradores de los deberes que les asignan el documento constitutivo, los estatutos y el ordenamiento jurídico vigente.
4. Determinará si existen votos salvados u observaciones en las actas de junta directiva, por parte de los administradores relacionados con cualquier negociación que pudiere lesionar el patrimonio de la sociedad.
5. Procesará las denuncias que reciba de los accionistas o de socios.

¿Quién regula el ejercicio del Comisario Mercantil en Venezuela? 👌

El cargo de Comisario Mercantil, como te comenté un poco más arriba, está regido por las Normas Interprofesionales que rigen el ejercicio de la función de Comisario emitidas en conjunto por La Federación de Colegios de Licenciados en Administración (FECLAVE), La Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela (FCCPV), y la Federación de Colegios de Economistas de Venezuela (FEDECON), reguladas en sus normas internas "Resolución del Directorio Nacional Número Cuarenta y Tres DN-43/20110923-EP, "Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos Número Seis (SECP 6)" y "Servicios Especiales Realizados por Economistas Número Cuatro SERPE 04" respectivamente y, a su vez, por lo dispuesto en el Código de Comercio de Venezuela.


¡Un Comisario vigila la Gestión de los Administradores!

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